La asociación de suboficiales tiene interpuesto ante el Tribunal Supremo un recurso por la aplicación concreta del suboficial de servicio en la comandancia de Jaén, este recurso se basa en una normativa ahora modificada y que viene a puntualizar aún más el carácter excepcional de estos servicios.
Tras la publicación de la Orden General número 25/2023 de 28 de diciembre, sobre las Compañías y Puestos territoriales de la Guardia Civil se siguen aplicando diversas órdenes de servicio implicando de forma genérica y no excepcional a los comandantes de puesto, tal y como exige exnovo esta orden general.
Pero no solo eso, después de la entrada en vigor de la orden general 25/2023, las funciones y cometidos asignados a los jefes de unidad en diversas órdenes de servicio no se han revisado, ni se han dejado sin efecto hasta que se regulen desde Madrid estos servicios.
Por este motivo ASESGC ha ampliado los fundamentos jurídicos de su recurso ante el Tribunal Supremo.
Recurso directo contra la orden general de compañías y puestos
Además de este recurso ante el Tribunal Supremo, ASESGC ha recurrido la Orden General número 25/2023 de 28 de diciembre, sobre las Compañías y Puestos territoriales de la Guardia Civil pues entiende que conculca los derechos profesionales de los miembros de la Escala de Suboficiales de la Guardia Civil al no ser la regulación de la demarcación territorial de compañías y puestos la más idónea para modificar condiciones de prestación del servicio.
ASESGC tiene interpuesto ante el Tribunal Supremo un recurso sobre la aplicación concreta en la comandancia de Jaén del suboficial de servicio, por lo que este recurso directo contra la orden general se viene a sumar a la batalla legal que la Asociación de mandos intermedios está librando contra esta práctica abusiva.
Queja en el pleno del Consejo de la Guardia Civil
Además de estos dos recursos judiciales, el representante de ASESGC presentó una queja en Pleno del Consejo de la Guardia Civil del mes de marzo por las regulaciones que se están llevando a cabo a nivel comandancia ya que existe una reserva exclusiva a favor del Mando de Operaciones para regular las funciones y cometidos de los servicios de los comandantes de puesto en la compañía territorial.
Quejas en unidades concretas
Recientemente por parte de ASESGC se ha trasladado a la Dirección General la queja por algunas aplicaciones concretas en compañías territoriales de Navarra y Zaragoza que no respetan las funciones y cometidos de los comandantes de puesto tras la entrada en vigor de la nueva orden general.
ASESGC anima a todos los suboficiales jefes de unidad o segundos jefes a los que se les exige la prestación de servicios rutinarios a que lo trasladen a la asociación para iniciar los trámites correspondientes que permitan denunciar públicamente este abuso discriminatorio, que aprovecha las limitaciones de derechos profesionales que tienen los jefes de unidad para meterles por la puerta de atrás en el régimen general de servicio manteniendo las obligaciones inherentes a su cargo.
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