Una sanción de pérdida de cinco días de haberes con suspensión de funciones como autor de una falta de grave desconsideración con sus superiores, en el ejercicio de sus funciones, con ocasión de ellas o vistiendo uniforme. La sección primera de la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo (TS) ha desestimado el recurso de un dirigente de la Asociación Unificada de la Guardia Civil (AUGC) de Alicante contra la sanción impuesta por un tuit crítico con el general de división del instituto armado Ramón Rueda Ratón, responsable del destacamento de Tráfico hasta su reciente pase a la reserva.
El sancionado compartió un video en su cuenta de Twitter que mostraba unas dependencias oficiales acompañado de un mensaje de mofa en referencia a los apellidos del general Rueda Ratón: “Sr. (emoji cara de ratón) le gusta este vestuario? En este laberinto estaría usted como en su casa, solo falta la Rueda, y si consigue encontrar la salida puede Ud. picar un poco de queso, el jamón si acaso lo dejamos para otro día”.
El dirigente de la AUGC de Alicante alegaba en su recurso de casación contra la sentencia de la sección primera del Tribunal Militar Central que se había vulnerado su derecho fundamental a la presunción de inocencia “al no existir prueba de cargo, suficiente y válidamente obtenida” para una falta disciplinaria grave.
“Inconsistencia en la argumentación”
Sin embargo, la Sala de lo Militar del TS reprocha la “inconsistencia de la argumentación en la que el recurrente sust
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