El Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana considera que el órgano de selección no actuó conforme a derecho tras excluir al joven pese a haber eliminado el dibujo de su codo
Andrés Navarro se enfrentó el 14 de septiembre de 2019 a uno de los tragos más amargos de su vida. Aspirante a guardia civil, aquel día pasó el reconocimiento médico dentro de las pruebas de acceso a la escala de cabos y guardias con el convencimiento de que sería un simple trámite. Pero el disgusto fue mayúsculo cuando los especialistas examinaron las cicatrices de su codo derecho. «¿A qué se debe?», le interpelaron. «A la eliminación de un tatuaje para poder cumplir con los requisitos de admisión», vino a contestar, seguro, el joven.
Andrés se había sometido un mes antes, en agosto, a la «dolorosa» eliminación con láser del dibujo visible de su brazo. Se lo costeó de su bolsillo para mantener intacto su anhelo de entrar en la Guardia Civil y servir a la sociedad. Pero, en contra de esta motivación, el tribunal de selección lo declaró «no apto» para culminar el proceso y entrar en la academia. La justificación fue que el estado actual del tatuaje incumplía la orden general del instituto armado de 2008, entonces en vigor.
El aspirante recurrió la decisión, pero no le hicieron caso en dos ocasiones pese a la vaga explicación del Cuerpo si atendemos a la letra pequeña de la norma. Entonces, no le quedó más remedio que com
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