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viernes, 11 de octubre de 2024

Un tribunal permite a un guardia civil un negocio sin merma de su retribución como agente

 La sentencia analiza el complemento específico singular que reciben los guardias civiles, al igual que los policías y otros estamentos públicos





El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha permitido a un guardia civil compatibilizar su trabajo con su actividad privada de compraventa de vehículos sin perjudicar a todos los complementos de su retribución como agente.

Así lo acuerda el TSJM en una sentencia en la que estima el recurso del despacho de abogados Parrado Asesores en su condición de gabinete jurídico de la Asociación Española de Guardias Civiles (AEGC) contra la resolución del Ministerio del Interior que el pasado 10 enero denegó la demanda del agente

El TSJM condiciona dicha compatibilidad con un "estricto y escrupuloso cumplimiento" por parte del agente "de las funciones de su puesto respecto al horario asignado y sin que pueda actuar en asuntos que comprometan su imparcialidad e independencia y relacionados o que se refieran a las actividades que desarrolle la Guardia Civil o que sean de su competencia"


La sentencia analiza el complemento específico singular que reciben los guardias civiles, al igual que los policías y otros estamentos públicos.

Este complemento no puede ser superior al 30 por ciento


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