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viernes, 22 de julio de 2022

Grupo de Trabajo sobre el Real Decreto de Retribuciones de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado

 

La reforma del Complemento de Destino incluye a todos los empleos, pero su incremento no quedará reflejado en la nómina al detraerse del componente general del Complemento Específico. Alegaremos que el personal activo perciba entonces en las pagas extra una retribución adicional al Complemento Específico y que se consolide el grado personal, pero la DGGC ya ha negado cualquier posibilidad










Durante la mañana de ayer tuvo lugar la reunión del Grupo de Trabajo en la que se aborda la reforma del Real Decreto 950/2005 de retribuciones de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. El debate se circunscribió a la situación de los Guardias Civiles, y la Dirección General presentó un proyecto que abarca una reforma de los niveles de Complemento de Destino para todos los empleos. Desde Guardia Civil a Capitán.

En el primer Grupo de Trabajo pretendían aumentar un nivel retributivo tan solo a los Capitanes. Pasarían del nivel 25 al 26, en consonancia con lo determinado en el Real Decreto de Retribuciones de las Fuerzas Armadas para este personal. Debido a la exclusión hacia los compañeros de los restantes empleos, la Asociación Unificada de Guardias Civiles votó en contra, ya que el aumento debía contemplar a todos. Finalmente, la Dirección General accedió, incluyendo a todos los empleos.

A pesar de que la medida no deja de ser positiva en sí misma, no tendrá efecto económico alguno en las nóminas del personal activo ni en el de reserva. Las cantidades que aumentan sobre el Complemento de Destino (ver cuadro a continuación) serán detraídas del componente general del Complemento Específico. De este modo, el incremento retributivo no tendrá efecto alguno y hemos mostrado la disconformidad ante ello.  

Hemos propuesto que, siguiendo lo establecido en el Real Decreto de retribuciones de las Fuerzas Armadas, se incluyan medidas que supongan un aumento de retribuciones para los efectivos en activo y para aquellos en situación de reserva. Una de estas medidas peticionadas incluye el complemento de vestuario: Los militares perciben 24,54 euros mientras que en la Guardia Civil son 4,51 euros. En determinadas situaciones, al pasar a la reserva se abona una prima, por lo que solicitamos que el personal en activo perciba en las pagas extra una retribución adicional al complemento específico por el mismo importe que figura en este complemento general. Además, requerimos que se permita en determinadas situaciones el ascenso en la situación de reserva, como ocurre dentro de las Fuerzas Armadas.

Asimismo, y porque lo que se reforma es el RD de retribuciones de las FCSE hemos solicitado que se incluya la consolidación del grado personal, tal y como contempla la normativa aplicable al resto de funcionarios, incluidos los miembros de la Policía Nacional. De este modo, al desempeñar un puesto de trabajo de superior categoría durante dos años seguidos o tres alternos, se consolidarían los complementos de dicho puesto de trabajo durante toda la carrera profesional. Por desgracia, es habitual que suboficiales, Guardias Civiles y Cabos desarrollen puestos de trabajo de oficiales sin percibir el correspondiente complemento económico, que es mayor. Recientemente, los servicios jurídicos de la Delegación de Badajoz de AUGC han conseguido que un Guardia Civil afectado por este agravio reciba íntegramente la productividad y todos los complementos del empleo de Teniente, puesto en el que trabaja de forma interina.

Haremos llegar estas alegaciones por escrito, pero la Dirección General de la Guardia Civil ha negado ya ambas posibilidades planteadas, escudándose en que no somos ni Policía Nacional ni Fuerzas Armadas. AUGC va a continuar luchando por unas retribuciones dignas para todas las situaciones administrativas y que nos sean de aplicación las ventajas retributivas que ya disfrutan otros funcionarios.


https://www.augc.org/actualidad/grupo-trabajo-sobre-real-decreto-retribuciones-fuerzas-cuerpos-seguridad-estado_21443_102.html

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