La Dirección General del Cuerpo se lo había denegado pese a existir jurisprudencia que avalaba su petición
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Suprior de Justicia de Madrid ha estimado el recurso presentado por una capitana de la Guardia Civil en contra de la Dirección General del Cuerpo que le había denegado, durante el período de baja por un embarazo de riesgo, el abono del plus de productividad.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso LA RAZÓN, se indica que “los meses de permiso por embarazo de riesgo deben ser retribuidos con plenitud al tratarse de tres meses, y por tanto , aplicando la normativa general del RDL 4/2000 y art. 105.4 de la ley 29/2014, le asiste tal derecho a la recurrente sin acudir a la excepcionalidad producida por el supuesto de hecho del embarazo de riesgo, lo que en todo caso, daría lugar a la estimación dada la situación acreditada”.
Agrega que con “respecto a los meses correspondientes al permiso de maternidad (…) habría de entenderse que tiene derecho a plenitud retributiva incluyendo la cantidad prevista en concepto de productividad, al tener prioridad este Real decreto sobre la particular precisión de la Orden Ge
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https://www.larazon.es/espana/20211025/5iassmwi6bdbvhvm5nzov35a4a.html
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