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lunes, 18 de enero de 2021

Condenada una guardia civil por usar un chaleco antibalas comprado con su dinero

 Un guardia civil, en este caso mujer, no puede negarse a vestir el chaleco antibalas de dotación que le entrega su unidad, para en su lugar ponerse uno de su propiedad. 




Así lo ha establecido el Tribunal Supremo, al resolver el recurso de la agente contra la sanción que le impuso la Dirección General de la Guardia Civil.

Confidencial Digital ha consultado una sentencia reciente de la Sala Quinta, de lo Militar, del Tribunal Supremo, en la que los jueces desestiman el recurso de la agente contra otro fallo del Tribunal Militar Central.

Este tribunal y el director general de la Guardia Civil ya habían desestimado los recursos contra un la resolución de un general jefe de Zona que impuso una sanción de pérdida de cinco días de haberes con suspensión de funciones, al considerar que la guardia civil había cometido una falta grave, consistente en una “falta de subordinación”.

Pidió usar un chaleco propio

Según los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, la agente participaba en 2016 en “un servicio de seguridad ciudadana consistente en la realización de dispositivos de control de personas y vehículos en la vía pública en combinación con otros miembros de diversos puestos dependientes de la compañía” a la que estaba destinada, “según lo ordenado en papeleta de servicio, entre cuyas prevenciones se encontraba la de portar chaleco antibalas reglamentario”.

A las ocho de la mañana, los guardias civiles (incluida la agente luego sancionada) se reunieron con el capitán jefe de la compañía “procediendo el oficial a impartir instrucciones y órdenes relativas a la ejecución de los controles que iban a establecerse” en un autovía y en una carretera nacional.

Los agentes recibieron la orden de utilizar los chalecos antibalas reglamentarios con que estaban dotadas las unidades que realizaban la operación.

Entonces, la guardia civil después “manifestó que los chalecos antibalas oficiales no se ajustaban a su fisonomía y le quedaban demasiado largos”, así que “solicitó al capitán autorización para utilizar uno de su propiedad de color negro”.

El capitán denegó la petición: le contestó que “no autorizaba dicho uso por ser contrario a las normas emanadas de la Dirección General de la Guardia Civil y por haber sido denegado el mismo a la demandante en dos resoluciones anteriores, una de ellas notificada a las 07,30 horas de ese mismo día, dirigiéndole de

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