En el juicio oral, un capitán retirado llegó a declarar que el sargento utilizaba los cuadrantes para castigar a los guardias de un puesto de Cáceres.
AUGC debe denunciar una vez más el doble rasero disciplinario que se aplica en la Guardia Civil, siempre implacable con el trabajador y tibio con los mandos. Hoy, precisamente, cuando un guardia civil ingresa en prisión por la aplicación del Código Penal Militar por un caso de una pelea con un compañero, que tuvo lugar hace ocho años, desde la delegación de Cáceres se da a conocer la historia de un guardia civil que durante varios años había sufrido una situación continuada de acoso laboral por parte de un suboficial, situación que también se había extendido a otros compañeros del agente.
Dicho trabajador fue sometido a un trato personal directo inadecuado e incorrecto, con el nombramiento de servicios con una frecuencia y horarios que incumplían la normativa interna de la Guardia Civil, incumpliendo los descansos de fin de semana, los descansos semanales, o el periodo de vacaciones del agente, y ello a pesar de las quejas puestas de manifiesto por el trabajador.
Durante ese tiempo también se iniciaron hasta cinco procedimientos sancionadores contra este guardia civil, no terminando ninguno de ellos con sanción por sus superiores. Asimismo, el sargento tomaba represalias contra los guardias que apoyaban con sus declaraciones en expedientes disciplinarios a dicho trabajador, dispensándoles un trato verbal incorrecto con gritos o reproches continuos.
Ante dicha situación, en mayo de 2014 se presentó denuncia ante la Jurisdicción Ordinaria por un delito contra el derecho de los trabajadores. Sin embargo, el juzgado correspondiente se inhibió a favor de la Jurisdicción Militar, en una muestra evidente de que se quería quitar el asunto de en medio.
La Instrucción del asunto por parte de la Juez Togado duró dos años, llamando a declarar incluso a Oficiales tales como Coronel, Teniente Coronel, Capitanes, Tenientes.
Sorpresivamente en el acto del Juicio Oral el Ministerio Fiscal retiró la acusación (solicitaba al sargento procesado un año de prisión por un delito de abuso de autoridad contemplado en el Código Penal Militar), y retiró la acusación al entender que los hechos que habían quedado probados no eran constitutivos de delito.
Ante tal situación se decidió presentar recurso de casación ante la Sala V del Tribunal Supremo, por parte del guardia civil, en defensa de sus intereses. Recurso que fue desestimado imponiendo las costas alguardia, pese a ser la Justicia Militar gratuita, so pena de considerar que había mala fe por su parte al recurrir la Sentencia.
Hemos de destacar que un Capitán retirado declaró en el acto del juicio oral y en instrucción que el Sargento utilizaba los cuadrantes para castigar a los guardias, que se le debería haber expedientado en multitud de ocasiones, pero que el Teniente Coronel le comentó que le quitase productividad, y éste le dijo que no consideraba esa forma la más correcta.
Además, la sentencia del TS minimiza los efectos del abuso de autoridad del Sargento y, los refiere a la subjetividad y especial vulnerabilidad del guardia civil, para considerar que no son consecuencia de la actuación o conducta del Sargento.
Todos los oficiales que declararon refirieron que se reunieron con el Sargento e incluso que le ayudaban en confeccionar los cuadrantes, pero pese a ello, seguía haciéndolos mal, por lo que todos los guardias del puesto protestaban.
En resumen, que nos encontramos que la ¿justicia? militar obvia una situación de persecución hacia un trabajador, protegiendo sin embargo al causante de este acoso.
No hay comentarios:
Publicar un comentario