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viernes, 28 de junio de 2019

El autobus de HazteOir.org logra la condena a la Generalidad de Cataluña

Ya lo saben. Ni autobús tránsfobo ni autobús contra los niños. El vehículo naranja de HazteOir.org era perfectamente legal y legítimo, no vulneraba ninguna ley. El importe de la multa catalana será restituido a HazteOir.org con intereses porque la resolución judicial revoca la sanción impuesta.


Autobús HazteOir.org



Quién nos iba a decir que el gobierno autonómico catalán iba a ser condenado a pagar las costas de un juicio por retener el autobús de HazteOir.org (#HOBus) con el lema ‘Los niños tienen pene. Las niñas tienen vulva’ en el año 2017. 
Pues ha sucedido. Ha sido una juez de lo Contencioso-Administrativo de Barcelona en el procedimiento en sentencia de fecha 17 de junio de 2019. 
Recordemos los hechos. En marzo de 2017 la asociación HazteOir.org llevó a Cataluña su famoso autobús naranja para denunciar que los niños estaban siendo adoctrinados sexualmente en las aulas como consecuencia de las leyes LGTBI aprobadas en la comunidad autónoma catalana y otras diez más. Y que este hecho, además de dañar a los menores, vulneraba el derecho constitucional y fundamental de los padres a educar a sus hijos según sus valores. 
En este vídeo se da cuenta, de forma resumida, de lo sucedido. Los Mossos d’Esquadra retuvieron el vehículo en el peaje de Martorell (dirección Barcelona). Los seguidores de HazteOir.org que esperaban al autobús en en la Ciudad Condal fueron agredidos por una turba de violentos. Mientras, el presidente de la asociación, Ignacio Arsuaga, y sus acompañantes sufrieron las iras de los radicales en una estación de servicio en la que habían citado a los medios de comunicación. Por último, la Generalidad obligó a desvinilar totalmente el #HOBus como condición para ‘liberarlo’ y secuestró unos 400 ejemplares del libro ‘¿Sabes lo que van a enseñar a tus hijos en el colegio? Las leyes de adoctrinamiento sexual’.

Ignacio Arsuaga, presidente de HazteOir.org, atacado en Barcelona. /Actuall
Ignacio Arsuaga, presidente de HazteOir.org, atacado en Barcelona. /Actuall

Por si todo esto no fuera suficiente, la administración autonómica catalana multó también a HazteOir.org con 1.707 euros acusándole de infringir la ‘ley LGTBI’, precisamente aquella que criticaba la asociación con su campaña. 
Según la Generalidad de Cataluña, el #HOBus “negaba el hecho de que hay personas que tienen pene y son niñas o mujeres, porque se sienten niñas o mujeres, o personas que tienen vulva y son niños u hombres por que se sienten niños u hombres. Por lo que estas frases son una manifestación pública de una voluntad notòria y explícita de aislamiento y rechazo del colectivo de las personas transgéneros y de las personas intersexuales, colectivos que, en ambos casos son una realidad dentro de la Sociedad catalana que la Administración de la Generalitat de Catalunya debe protegir de cualquier forma de discriminación, en cumplimiento de la ley 11/2014”.
Naturalmente, la entidad cívica que preside Arsuaga recurrió la sanción iniciándose un procedimiento judicial contencioso-administrativo que ha dado lugar a la sentencia que ahora comentamos. En definitiva, tres años después de su aparición el #HOBus ha logrado no sólo salvar su reputación -tan dañada por los medios de comunicación y los políticos- sino también que el gobierno autonómico catalán sea condenado en costas. Naturalmente, el importe de la multa catalana será restituido a HazteOir.org con intereses porque la resolución judicial revoca la sanción impuesta.
¿Qué dice la sentencia sobre el autobús de HazteOir.org? En síntesis:
-Los hechos denunciados no han incurrido en ningún tipo de infracción.
-El mensaje que llevaba el #HOBus en Cataluña (‘Los niños tienen pene. Las niñas tienen vulva. Lo dice la Biología. Respeto para todos, no al bullying’) “no comporta aislamiento, rechazo o menosprecio público, notorio y explícito de ninguna persona en atención a su sexualidad”.
Pues ya lo saben. Ni autobús tránsfobo ni autobús contra los niños. El vehículo naranja de HazteOir.org era perfectamente legal y legítimo, no vulneraba ninguna ley. Por cierto, que el fallo emitido por juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 9 de Barcelona es el cuarto pronunciamiento judicial favorable a la mencionada campaña. Los anteriores fueron emitidos por la Audiencia Provincial y los Juzgados de Instrucción número 3 número 46 de Madrid.

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