También reduce la indemnización que el acusado debe abonar a la víctima que pasa de 35.000 a 20.200 euros
Así se recoge en la sentencia a la que Efe ha tenido acceso este jueves y en la que no sólo se reduce la pena de cárcel medio año impuesta por la Audiencia Provincial de Salamanca, sino también la indemnización que el acusado debe abonar a la víctima que pasa de 35.000 a 20.200 euros al apreciar el TSJCyL la atenuante de dilaciones indebidas como simple.
Éstas hacen referencia a la paralización entre la llegada de las actuaciones a la Audiencia y el dictado del auto de admisión de pruebas y señalamiento del juicio, y el comprendido entre la celebración de la vista oral y el dictado de la sentencia.
Los hechos se remontan a junio de 2016 cuando el condenado, que entonces tenía 23 años, se acercó a la barra del bar, donde se encontraba, entre otros, el agente de la Guardia Civil afectado, en activo aunque estaba fuera de servicio.
El acusado, que según recoge la sentencia de la Audiencia acumula varias condenas por delitos de atentado, estafa y contra la seguridad vial, reconoció entonces al agente dado que había intervenido en sus funciones en relación con un atestado relativo a un ciclomotor conducido por el joven en agosto de 2015 y que dio lugar a actuaciones penales.
Tras constatar que efectivamente se trataba del agente que había intervenido en el atestado, «le estampó la copa de cristal que llevaba en la mano en la cara en venganza de su actuación en aquel incidente, que terminó con sentencia condenatoria», añade la sentencia.
Con su actuación, recoge el fallo judicial, el acusado ocasionó a la víctima «lesiones consistentes en heridas incisas que presentaron para su curación 50 puntos de sutura internos y externos, analgésicos, antiinflamatorios y antibióticos, así como tratamiento psicoterapéutico y que tardaron en curar 82 días incapacitantes», quedándole una cicatriz en la cara.
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