Bueno aquí os dejo el extracto de la nueva ley publicada en BOGC del 16 de Octubre de 2018, sobre indisposiciones para el servicio.
Simplemente dos cosas sobre ella, a partir del 16 de Octubre ya no pierdes dinero por estar enfermo, aleluya, pues a mí juicio era algo sangrante.
La segunda es que no desaparece la figura del INDISPUESTO, queda cómo estaba es decir tienes cuatro días, tres de ellos consecutivos para no ir al trabajo sin tener que coger la baja.
Eso sí habrá que llevar a tú jefe de unidad el parte médico de esa indisposición.
Nada más os dejo aquí debajo el enlace a la legislación:-
http://infopade.com/4X5y
Simplemente dos cosas sobre ella, a partir del 16 de Octubre ya no pierdes dinero por estar enfermo, aleluya, pues a mí juicio era algo sangrante.
La segunda es que no desaparece la figura del INDISPUESTO, queda cómo estaba es decir tienes cuatro días, tres de ellos consecutivos para no ir al trabajo sin tener que coger la baja.
Eso sí habrá que llevar a tú jefe de unidad el parte médico de esa indisposición.
Nada más os dejo aquí debajo el enlace a la legislación:-
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