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lunes, 22 de octubre de 2018

Le condenan a pagar 1.800 euros de multa por calumniar a un guardia civil

El vecino de Pinofranqueado también debe indemnizar al agente con 700 euros por daño moral

Cáceres. La Audiencia Provincial de Cáceres ha rebajado la condena que el Juzgado de lo Penal de Plasencia impuso a un vecino de Pinofranqueado, por calumniar a un agente de la Guardia Civil.
Si en la primera sentencia se le condenaba a pagar una multa de 2.850 euros e indemnizar al guardia con 1.000 euros, la Audiencia ha rebajado la pena a una multa de 1.800 euros e indemnizar al agente con 700 euros.
Según la sentencia del Juzgado de lo Penal, el 7 de abril de 2014, a las siete y cuarto de la tarde, el vecino de Pinofranqueado fue parado por dos agentes cuando conducía un Suzuki. Le pararon en la vía que va a la alquería de La Aldehuela, en Pinofranqueado. Al pedirle la documentación del vehículo se dieron cuenta que estaba circulando con un coche que había obtenido un resultado desfavorable en la Inspección Técnica de Vehículos, por lo que fue administrativamente sancionado.
El conductor, en el desenvolvimiento del procedimiento administrativo sancionador, presentó un escrito de alegaciones, con sello de entrada en la Jefatura Provincial de Tráfico de Cáceres el 10 de junio de 2014, en donde según el Juzgado de lo Penal estaba mintiendo, ya que aseguraba que no era el 7 de abril cuando le pararon los agentes sino el 12 de abril y que el coche había pasado la ITV dos días antes. Indicó en el escrito que los agentes le persiguieron «como si yo fuera un delincuente», que le registraron el coche de manera violenta, y que le habían denunciado «por gusto y por placer falseando la fecha de los hechos».
Según el Juzgado de lo Penal hubo una segunda intervención de los agentes el 21 de enero de 2015, al parar al mismo individuo cuando conducía un Citroen Berlingo en la vía EX 204, en donde le intervinieron un porro y un cogollo de marihuana, por lo que se inició una sanción contra él. Otra vez efectuó una alegación en la que señalaba que fue parado cuando llevaba a un amigo a coger una coche de línea en la estación de autobuses de Plasencia, quejándose de que estaba siendo acosado por un determinado agente de la Guardia Civil que era el que le paraba . Decía que le hacía la vida imposible en Pinofranqueado, «me hace pasar mucha vergüenza, haciéndome registros inmorales delante de la muchedumbre un día sí y otro también». Contaba que una vez le registró el coche tirando al suelo las revistas y discos comunistas que llevaba.
La Audiencia Provincial de Cáceres considera que en el primero de los dos hechos está claro que se cometió una infracción penal, un delito de calumnia, ya que había falseado la fecha de la denuncia y era ciento que el coche no había pasado la ITV, siendo consciente de que estaba, «atentado al honor y a la honra de los guardias que levantaron el boletín de denuncia, haciendo un escrito que iba dirigido a un expediente sancionador que iba a ser leído, al menos, por su instructor y por el órgano competente para sanción».
Respecto al segundo hecho indica que son atribuciones ambiguas y vagas, que no permiten establecer con la suficiente claridad y contundencia el tipo delictivo que se le imputa al agente de la Guardia Civil. Por ese motivo la Audiencia decide rebajar la multa y la cantidad de la indemnización.
https://www.hoy.es/caceres/condenan-pagar-1800-20181022001732-ntvo.html

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