Un juzgado de Zaragoza ha condenado a la Guardia Civil a indemnizar a un agente por impedirle disfrutar de su permiso de paternidad en un período posterior a la fecha de nacimiento de su hijo por estar de baja por enfermedad. La sentencia que ahora le da la razón reconoce que el aplazamiento que se solicitaba era posible según su ordenamiento
En febrero de 2017, el agente que se encontraba de baja médica, solicitó un aplazamiento de su baja por paternidad, que le fue denegada. Emprendió acciones legales y finalmente el juzgado de lo contencioso nº 4 de Zaragoza ha resuelto a su favor. El secretario provincial de la Asociación Unificada de Guardias Civiles de Zaragoza y Huesca, Marcial Álvarez, asegura que la indemnización se debe a los 28 días de baja paternal "que no pudo disfrutar, ha transcurrido un año y, por tanto, no tiene sentido".
Según Álvarez, la diferencia de criterio entre ambas partes se debe a que la Guardia Civil interpreta que el padre disfrutará del permiso de paternidad a partir de la fecha de nacimiento pero la sentencia ha reconocido que no, que puede ser durante el permiso de maternidad o posterior.
Desde la asociación esperan que con esto se siente un precedente para que ningún compañero vea mermados sus derechos.
http://cadenaser.com/emisora/2018/05/22/radio_zaragoza/1526995679_784202.html
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