La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo (TS) ha desestimado el recurso interpuesto por un guardia civil de Alcantarilla, que fue sancionado a la pérdida de cinco días de haberes al considerar que había sido negligente cuando dejó su pistola en el coche, lo que ofreció a algún desconocido la oportunidad de robarla, junto con munición, dos cargadores y el cinturón oficial.
La sentencia del Alto Tribunal desestima el recurso que el agente presentó contra la resolución dictada por el Tribunal Militar Central, que confirmó la sanción impuesta por la comisión de una falta grave.
Esta primera resolución declaró probado que en mayo de 2014, cuando el guardia civil estaba libre de servicio, penetró en unas instalaciones deportivas de Alcantarilla con el propósito de entregar un pulsómetro a un amigo. Fue a la salida cuando se encontró con que alguien había roto el cristal trasero del turismo y le había desvalijado el vehículo, con tan mala fortuna de que se había encontrado con su arma reglamentaria y se había apoderado de ella.
En su recurso, el agente alegó que no había existido una negligencia y añadió que no se había respetado el principio de legalidad penal. Pero el Tribunal Supremo dice que su actuación «fue gravemente imprudente, en grado de negligencia inexcusable», por lo que solo cabe confirmarle la sanción de cinco días de sueldo.
http://www.laverdad.es/murcia/supremo-ratifica-sancion-20180313005857-ntvo.html
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