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miércoles, 20 de diciembre de 2017

Absuelto el guardia civil que multó a otro por aparcar mal

La sala deja constancia de que su compañero había obtenido autorización verbal del jefe del acuartelamiento para estacionar en aquel lugar


La Audiencia Provincial de Valencia ha absuelto del delito de prevaricación a un Guardia Civil que multó a otro agente por aparcar en una zona reservada para vehículos autorizados en el perímetro del cuartel de Carlet.
Según consta en la sentencia, hecha pública por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), el Fiscal había pedido diez años de inhabilitación para empleo o cargo público para este guardia, así como que se hiciese cargo de las costas del proceso.
En la resolución se considera probado que el procesado, en julio de 2015, rellenó un impreso oficial para la interposición de denuncias por agentes de la Guardia Civil con la intención de multar a su compañero por haber estacionado su turismo en una zona reservada.
Sin embargo, la sala deja constancia de que su compañero había obtenido con anterioridad autorización verbal del jefe del acuartelamiento para estacionar en aquel lugar.
En el transcurso del juicio quedó acreditado que la relación entre ambos era mala y que el procesado había advertido previamente a su compañero de que la próxima vez que viera su vehículo estacionado en dicho lugar le iba a denunciar.
Los magistrados exponen, en base a un informe del jefe del acuartelamiento de Carlet, que una denuncia por mal aparcamiento sólo podría ser interpuesta por los agentes en calidad de particulares y sin hacer uso del modelo oficial de denuncia, y que debería haber avisado a la Policía Local.
Sin embargo, en la vista oral no quedó acreditado que el acusado tuviese conocimiento de dichas instrucciones expresas, por lo que "el hecho de denunciar una infracción administrativa no puede ser constitutivo de conducta penalmente reprochable, aún cuando la infracción se denuncie en un formato reservado para asuntos que sean competencia de la Guardia Civil".
En consecuencia, entiende la sala que no se puede formular reproche penal alguno, ni desde luego que exista delito de prevaricación.
Además, se expone que la prueba testifical tampoco avala que al interponer la denuncia el acusado pudiese conocer que el denunciado tenía autorización para estacionar y se insiste en que para la comisión de un delito de prevaricación es preciso que se dicte una resolución administrativa arbitraria y a sabiendas de su injusticia
http://www.levante-emv.com/sucesos/2017/12/20/absuelto-guardia-civil-multo-aparcar/1657340.html

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