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viernes, 19 de agosto de 2016

La Guardia Civil elimina el límite de edad de sus antidisturbios

El Tribunal Supremo ha dictaminado que los agentes que lleguen a los 40 años puedan permanecer en la especialidad superando las pruebas físicas obligatorias.


Dos años después de que la Asociación Unificada de Guardias Civiles alegara al Tribunal Supremo eliminar el límite de edad para permanecer en la Agrupación de Reserva y Seguridad de la Guardia Civil, el alto tribunal les ha dado la razón. Los agentes de estos grupos antidisturbios podrán seguir en ellos siempre y cuando superen las pruebas físicas anuales.

La Agrupación de Reserva y Seguridad de la Guardia Civil es la principal unidad de reserva del cuerpo. El acceso a esta especialidad es riguroso, tanto por el límite de altura exigido a los agentes como las pruebas físicas que han de superar. Además, deben resultar aptos en el Plan de Adiestramiento Básico anual y obligatorio (PAEF), donde actualizan periódicamente sus conocimientos.

La idea de este plan es preparar a los miembros de los Grupos de Reserva y Seguridad se mantengan en un estado de forma física y técnica más que suficiente para realizar su labor diaria. A pesar de esto a los guardias civiles destinados en esta especialidad cumplidos los 40 años les “echan” a pesar de cumplir todos los requisitos para permanecer en ella, denuncian a El Confidencial Digital desde la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC).

Una situación que se convertía en los últimos años en insostenible, tanto por tener que cambiar de destino y como de unidad al cumplir esa edad. Por estos motivos AUGC decidió actuar judicialmente contra la Orden General nº 3, de 13 de febrero de 2014. La primera denuncia fue desestimada, pero después recurrida encasación ante el Tribunal Supremo.

La AUGC alegó ante el Tribunal Supremo la nulidad total de la orden o, en su defecto, de su artículo 6 debido a que su carácter no es meramente organizativo, sino que, por el contrario, regula aspectos relacionados con los ámbitos sociales, económicos y profesionales.

Según explican a ECD fuentes del cuerpo, recientemente el Tribunal Supremo, en la sentencia STS 1072/2016 ha tumbado el límite de edad en la ARS (40 años). La única condición para permanecer en la unidad de reserva de la benemérita será superar las pruebas físicas obligatorias de carácter anual, PAEF.

Eso sí, cabe señalar que hasta que dicha sentencia no sea regulada en la futura Orden Ministerial de especialidades, los aspectos anteriormente citados no se pondrán en marcha y los miembros de la Agrupación de Reserva y Seguridad


http://www.elconfidencialdigital.co...2767523226.html

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