El magistrado reconoce el efecto positivo del silencio administrativo en la solicitud del funcionario
El juzgado Contencioso-Administrativo número 1 de Gijón ha reconocido judicialmente el efecto positivo del silencio administrativo en las solicitudes de compatibilidad de los policías locales. En este caso, el juez estima el recurso interpuesto por Ildefonso Pablo Rodríguez del Río contra la desestimación por silencio administrativo de la solicitud presentada en el Ayuntamiento de Gijón en 2015 para compatibilizar su trabajo de Policía Local en la Corporación con el ejercicio privado de la abogacía.
El funcionario del Ayuntamiento de Gijón, adscrito al servicio de Policía Local, defendido por el letrado Javier Junceda, solicitó el 20 de abril de 2015 autorización para compatibilizar su actividad funcionarial con el ejercicio de la abogacía. Transcurrido el plazo de tres meses sin que se hubiera dictado resolución, el denunciante solicitó certificación de acto presunto. Por la Administración demandada se solicitó la desestimación del recurso interpuesto.
"En consecuencia ha de concluirse que si la solicitud de compatibilidad se formuló el 20 de abril de 2015, se obtuvo tal compatibilidad por silencio el 20 de junio de 20115 (aunque se tomara el plazo de tres meses la conclusión sería la misma)", señala el fallo al que ha tenido acceso Europa Press.
Y añade que "ha de señalarse que el silencio positivo se produce con abstracción de la corrección jurídica del acto, deteniéndose pues nuestra valoración en la afirmación de que los efectos del silencio se han producido, es decir, en la existencia de un acto, de contenido positivo, que ha puesto fin al procedimiento".
http://www.elcomercio.es/gijon/2016...0609182007.html
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