El Ministerio de Cristóbal Montoro se pronuncia tras la reclamación de la Asociación Unificada de Guardias Civiles, que apeló a una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea
El Ministerio de Hacienda ha ordenado a Interior abonar a las viudas y viudos de guardias civiles fallecidos las vacaciones no disfrutadas por los agentes durante el tiempo que estos estuvieron de baja antes de morir. En concreto, la Subdirección General de Ordenación Normativa del departamento dirigido por Cristóbal Montoro ha determinado que "en caso de fallecimiento de un guardia civil precedido de incapacidad temporal, procede reconocer una compensación económica por las vacaciones no disfrutadas". Esta compensación, según Hacienda, "será por el número de días" de asueto que los funcionarios no utilizaron, con un máximo de 18 meses.
La decisión la toma el Ministerio después de que así se lo reclamara la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC), que se considera avalada por la sentencia de la Sala Primera del Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictada el 12 de junio de 2014 referente al asunto 118/13, que se opone a la práctica de algunos estados que entienden que el derecho a vacaciones pagadas se extingue cuando fallece el sujeto. La resolución establece también que no es necesario que los ciudadanos soliciten ese dinero para entregarles la compensación.
La interpretación de Hacienda y el fallo judicial se refieren a cualquier funcionario, lo que hace prever que la norma se extienda a otros cuerpos
AUGC ya reclamó a Interior ese dinero tan solo tres días después de publicarse la sentencia. La asociación pidió que el Ministerio elaborara una guía de trámites que deben realizar los familiares de los fallecidos para cobrar la compensación, que informara a todos ellos del derecho que tienen a ese dinero y que se lo abonara en la última nómina. El departamento coordinado por Jorge Fernández Díaz, sin embargo, se negó a hacerlo.
La Subdirección de Personal de la Guardia Civil basó su rechazo en el argumento de que "los guardias civiles, como todos los funcionarios de carrera en virtud de nombramiento legal, están vinculados a una Administración pública por una relación estatutaria regulada por el derecho administrativo para el desempeño de servicios profesionales retribuidos de carácter permanente; por esta razón están expresamente excluidos del ámbito de aplicación de las relaciones laborales y no les resultan aplicables las reglas previstas para la extinción de los contratos de trabajo".
Ante la negativa de la Dirección General que coordina Arsenio Fernández de Mesa, AUGC no se quedó de brazos cruzados y elevó una consulta a Hacienda, que respondió el pasado marzo en el sentido antes descrito; es decir, que interpretó la norma como lo había hecho la sentencia europea y como entendía la asociación profesional, que ha vuelto a pedir al Ministerio del Interior que revise las cantidades abonadas hasta el momento y abone el montante que les corresponde a las viudas y viudos de los agentes.
"Por desgracia, una vez más, ha tenido que ser AUGC el que, dirigiéndose a instituciones externas, consiga un derecho que nuestro director nos ha negado", aseguran desde la asociación, que considera que "quienes dirigen la Guardia Civil (...) han permanecido impasibles" ante la resolución judicial comunitaria. "Esperemos que, aunque solo sea por esta vez, el director de la Guardia Civil deje de ser el director de los generales y se convierta en el director de los guardias civiles, adoptando las medidas necesarias que garanticen, ya no solo el cumplimiento de la sentencia, sino también la respuesta a la consulta elevada por AUGC", valoran desde la asociación.
La pelota ahora, por lo tanto, vuelve al Ministerio del Interior, que deberá responder a la reclamación de los guardias civiles, aunque no solo a este departamento. La interpretación de Hacienda y el fallo judicial se refieren a cualquier trabajador y funcionario en sus respectivos escritos, lo que hace prever que la norma se extienda a cuerpos de otros ministerios y otras administraciones, como considera AUGC, que entiende que "la resolución cobra gran importancia" y trasciende al instituto armado, pues "deja claro ya no solo el derecho de los guardias civiles a percibir las retribuciones por las vacaciones no disfrutadas cuando, tras una baja que le impida disfrutar sus vacaciones, el trabajador fallezca, sino que cualquier trabajador al que le ocurra esa situación, aunque no sea guardia civil, tiene el mismo derecho".
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