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sábado, 16 de mayo de 2015

Reconocen el derecho de un Guardia Civil a reducir su jornada para atender a su hija

El agente podrá además hacerlo en el horario que le convenga.


El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha reconocido el derecho de un guardia civil a reducirse un tercio su jornada laboral para atender a su hija de 9 años y hacerlo en el horario que le convenga, en este caso, trabajar sólo por la mañana.

La sección cuarta de la sala de lo Contencioso y Administrativo del TSJC ha desestimado el recurso que presentó el abogado del estado en nombre de la Comandancia de la Guardia Civil de Barcelona contra la sentencia el juzgado contencioso de Barcelona que ya falló a favor del guardia civil.

El general jefe de la Zona de la Guardia Civil desestimó la petición del agente de reducirse la jornada un tercio y trabajar de 10 a 15 horas de lunes a viernes y un sábado al mes entre las 6 y las 20 horas.

Aunque los jefes de la Guardia Civil no negaron el derecho a la reducción de jornada para atender a su hija, consideraban que no podía escoger el horario "por no poder ser el que le interesaba, ya que había de hacer frente a las necesidades propias del funcionario y debía prevalecer las de las administración".

Aunque el juez entiende que "el acomodo de la reducción de la jornada a la conveniencia personal del actor ha de tener como límite la propia organización del trabajo" también considera que los 32 agentes, además de los mandos, que hay en el acuartelamiento del demandante son suficientes para cubrir todos los turnos.


http://www.heraldo.es/noticias/naci...360961_305.html

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