La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia ha anulado las sanciones de suspensión de funciones impuestas a un miembro del Cuerpo Nacional de Policía porque la resolución le fue comunicada cuando las mismas habían prescrito.
La sentencia afirma que la dirección general de la Policía y de la Guardia Civil impuso a este agente, en noviembre de 2010, una sanción de suspensión de 30 días y otra de 5 días por dos faltas graves referidas al incumplimiento de deberes y obligaciones.
La Sala ha anulado las sanciones porque desde que se procedió a incoar los expedientes hasta que el policía fue notificado de la resolución transcurrieron más de 6 meses.
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