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viernes, 24 de enero de 2014

El Código Penal Militar no se aplicará a guardias civiles en labor policial

La Dirección General de la Guardia Civil ha destacado hoy que la reforma del Código Penal Militar no será de aplicación a los agentes cuando realicen labores policiales, es decir, garantizar derechos y libertades públicas así como la seguridad ciudadana.

En un comunicado, la Dirección General ha respondido a las asociaciones de guardias civiles AUGC, UGC, AEGC y ASEG-CG, que habían manifestado su oposición a "la intención del Gobierno de la aplicación del Código Penal Militar a este cuerpo de seguridad".

"Las disposiciones de este Código no serán de aplicación a las acciones u omisiones de los miembros del Cuerpo de la Guardia Civil en la realización de los actos propios del servicio que presten en el desempeño de las funciones que les atribuya en cada momento la normativa reguladora de dicho instituto".

No obstante, añade la nota, sí se aplicará a los agentes en tiempo de guerra, durante la vigencia del estado de sitio, durante el cumplimiento de misiones de carácter militar, o cuando los guardias civiles se integren en Unidades Militares.

La Dirección General sostiene el nuevo Código Penal Militar no hace más que recoger las normas ya en vigor desde el 2007.

"Lo que se hace es actualizarlo conforme a las normas que ya son de aplicación a la Guardia Civil, no se añade nada nuevo que no esté actualmente en vigor", concluye el texto.


http://noticias.terra.es/espana/el-...c6eb0aRCRD.html

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