Orden General número 10, dada en Madrid, a 22 de noviembre de 2012. Asunto:
De los honores militares en la Guardia Civil.
La Orden PRE 1983/2012, de 14 de septiembre, por la que se declaran de aplicación
a la Guardia Civil diversas normas del ordenamiento militar sobre mando, disciplina y
régimen interior, encarna la voluntad institucional de la Guardia Civil de que la disciplina,
el ejercicio del mando y las normas de régimen interior, aspectos esenciales para las
organizaciones militares como la Guardia Civil o los Ejércitos, sigan rigiéndose, como
hasta ahora venía sucediendo, por una regulación común y compartida.
Tal sintonía, no obstante, no es óbice para que tales materias se adapten a las
peculiaridades de la organización y funcionamiento interno de las unidades de la Guardia
Civil, distintas a las de las Fuerzas Armadas y de los Ejércitos, como distintas son las
misiones y funciones que, de forma ordinaria, desarrollan respectivamente dichas
instituciones militares.
Como aspecto estrechamente vinculado a la exteriorización de la disciplina, en el
Real Decreto 684/2010, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Honores
Militares se vienen a especificar los que ha de rendir la Guardia Civil en su condición de
Instituto armado de naturaleza militar. En este contexto, y en primer lugar, la presente
Orden General trata de facilitar el desarrollo de los mismos cuando se lleven a cabo
por unidades del Cuerpo; en segundo término, y de acuerdo al artículo 4 de la Orden
PRE 1983/2012, de 14 de septiembre, esta norma procura y facilita la aplicación de
alguna de las previsiones que sobre actos solemnes y su ceremonial se contienen en las
ordenanzas de los ejércitos.
Por cuanto antecede, en virtud de la habilitación conferida por la Disposición Final
Primera de la supracitada Orden Ministerial y a propuesta del Director Adjunto Operativo,
he tenido a bien disponer:
Artículo 1. Honores militares a rendir por la Guardia Civil.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 35.1 del Reglamento de Honores Militares,
aprobado por el Real Decreto 684/2010, de 20 de mayo, la Guardia Civil, en sus actos
específicos, rendirá los honores militares establecidos en dicho reglamento, para cuya
aplicación, asimismo, se tendrán en cuenta las previsiones contenidas en la presente
orden general.
Artículo 2. Honores a la Bandera de España.
1. Con carácter general, cuando los honores y el ceremonial para recibir y despedir a
la Bandera de España sean prestados por unidades de la Guardia Civil, estas adoptarán
formaciones de entidad tipo Batallón o Compañía. En el primero de los casos, al menos
una Compañía en formación estará dotada de arma larga con cuchillo bayoneta; en el
segundo de los supuestos lo estará, como mínimo, la Escuadra de Gastadores.
2. En el caso de los buques, los honores militares serán rendidos por personal de su
tripulación.
Artículo 3. Honores a Oficiales Generales de la Guardia Civil.
Cuando los Oficiales Generales de la Guardia Civil reciban los honores militares que
se recogen en el artículo 20 del Real Decreto 684/2010, de 20 de mayo, por el que se
aprueba el Reglamento de Honores Militares, permanecerán en primer tiempo de saludo
durante la interpretación de la Marcha de Infantes.
Artículo 4. Presidencia de actos militares organizados por la Guardia Civil.
1. Los actos militares de la Guardia Civil serán presididos por la autoridad que los
organice, por una autoridad orgánicamente superior a la anterior o por alguna de las
autoridades citadas en el artículo 35 del Reglamento de Honores Militares, recibiendo, en
cada caso, los honores militares que les correspondan.
A los efectos de lo previsto en el párrafo anterior, entre las autoridades orgánicamente
superiores a las que se refiere dicho precepto se entenderán incluidos, en todo caso, el
titular de la Corona de España, los miembros de la Familia Real y los Infantes de España,
correspondiéndoles los honores previstos en el Capítulo II del Reglamento de Honores
Militares.
2. Cuando así se determine por mi autoridad, la presidencia en actos militares podrá
ser ofrecida a las autoridades del Estado a las que se refiere el artículo 16 del Reglamento
de Honores Militares, quienes, en tal caso, recibirán los honores que les correspondan.
3. El resto de actos oficiales organizados por la Guardia Civil en los que no se rindan
honores militares podrán ser presididos por otras autoridades civiles o mandos del Cuerpo.
Artículo 5. Honores fúnebres.
Cuando se determine por el Director General, los guardias civiles fallecidos en acto
de servicio recibirán honores fúnebres en la forma prevista en el Capítulo I, Título IV,
del Reglamento de Honores Militares; en los otros casos, tales honores se rendirán de
acuerdo a lo establecido en el Anexo I de esta orden general.
Artículo 6. Aplicación de normas, procedimientos y publicaciones dictados en el
ámbito de las Fuerzas Armadas.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 4.2 de la Orden PRE 1983/2012, de 14 de
septiembre, por la que se declaran de aplicación a la Guardia Civil diversas normas del
ordenamiento militar sobre mando, disciplina y régimen interior, se declaran de aplicación a
la Guardia Civil el Reglamento de Empleo de “Orden Cerrado” (RE6-002) y el Reglamento
de Empleo de “Orden Cerrado, instrucción de Unidades” (RE7-011), ambos de aplicación
oficial en el Ejército de Tierra.
Artículo 7. Desarrollo de actos militares organizados por la Guardia Civil.
El desarrollo de los actos militares, en cuanto a aquellos extremos no previstos en los
artículos anteriores, se realizará conforme a las prescripciones generales que para cada
uno de ellos se establecen en el Anexo II de la presente Orden.
Disposición Transitoria Única. Visitas oficiales de Delegados del Gobierno en las
Comunidades Autónomas y en las ciudades de Ceuta y Melilla.
En tanto no se desarrolle por parte del Ministro del Interior el contenido de la Disposición
adicional tercera del Reglamento de Honores Militares, en la primera visita oficial de los
Delegados de Gobierno de las Comunidades Autónomas y de las ciudades de Ceuta y
Melilla, con anuncio previo de la misma, a unidades y acuartelamientos de la Guardia Civil
de sus respectivos ámbitos territoriales de responsabilidad, serán recibidos por un piquete
de la unidad o, en su caso, del buque visitado, cuyos componentes formarán con arma
descansada. Sin pasar revista a la fuerza, dichas autoridades recibirán, en todo caso, las
novedades del jefe del piquete.
Disposición final primera. Habilitación al Director Adjunto Operativo.
Se habilita al Director Adjunto Operativo a que, cuando sea necesario y por medio de
Circular dictada al efecto, que habrá de ser publicada en el Boletín Oficial de la Guardia
Civil, actualice el contenido de los Anexos I y II de la presente Orden General.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
La presente Orden General entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial de la Guardia Civil.
Madrid, 22 de noviembre de 2012.- El Director General de la Guardia Civil, Arsenio
Fernández de Mesa del Río.
Honores fúnebres.
1. Aspectos Generales.
Los actos celebrados con motivo del fallecimiento de miembros del Cuerpo en acto
de servicio que no se lleven a cabo de acuerdo a lo previsto en el Capítulo I, Título IV, del
Reglamento de Honores Militares se regirán por las siguientes instrucciones generales:
Comandancia o unidad equivalente, recibiendo los apoyos que precisen de las
unidades orgánicamente superiores.
del acto comisionando al menos un Oficial.
para acompañar y atender a la familia (Oficial de acompañamiento).
- Designar una comisión para los diferentes turnos de vela, que estará
compuesta por un Oficial y un mínimo de dos guardias civiles, que, a ser
posible, pertenezcan a la Unidad del fallecido.
- Nombrar una escolta de al menos cuatro componentes cuando haya que
acompañar al féretro, que vestirán uniforme de diario, modalidad A, con camisa
y guantes blancos y portarán el arma a la funerala.
- Coordinar la posibilidad de que miembros de otros Cuerpos de Seguridad, de
las Fuerzas Armadas o familiares participen en los turnos de vela, así como en
el desplazamiento del féretro.
2. Capilla Ardiente.
Siempre que sea posible, la capilla ardiente se instalará en dependencias de la Unidad
del fallecido.
Los componentes del turno de vela vestirán uniforme de diario, modalidad A, con
camisa y guantes blancos; se mantendrán en posición de firmes, uno a cada lado del
féretro, el cual se encontrará cubierto con la Enseña Nacional y con un sombrero negro.
Siempre que sea posible, la imposición de las condecoraciones al fallecido se realizará
mientras el mismo se encuentre en la capilla ardiente.
3. Funeral.
Desde la capilla ardiente hasta el lugar donde se efectúe la despedida del duelo, el
féretro ira acompañado por un Oficial de empleo Capitán o superior.
En la entrada al templo o al lugar donde se oficie el funeral se interpretará el Himno
Nacional siempre que sea posible. El féretro será portado a hombros por sus compañeros,
que, descubiertos, vestirán uniforme de diario, modalidad A, con camisa y guantes blancos;
les seguirá otro de sus compañeros, con idéntica uniformidad, portando en las manos el
sombrero negro del fallecido.
Se facilitará que los familiares y allegados del fallecido se coloquen próximos al féretro,
tanto durante los desplazamientos, como en el acceso a los lugares más representativos durante la celebración del funeral.
Siempre que no lo hayan sido en la capilla ardiente, y antes de iniciarse la celebración
religiosa, se impondrán las condecoraciones que procedan sobre el féretro.
Finalizada la ceremonia, el féretro, envuelto en la Enseña Nacional, volverá a ser
transportado a hombros por sus compañeros; a la salida del lugar de celebración se
interpretará el Himno del Cuerpo. Posteriormente, mientras se realiza el embarque del
féretro en el vehículo funerario, se entonará “La muerte no es el final”.
A efectos de llevarse a cabo las previsiones anteriores, la Unidad que organice los
actos será apoyada, de no disponer de ellos, con los medios de megafonía o de otro tipo
que requiera.
4. Sepelio.
El Oficial de acompañamiento, así como una representación de la Unidad del fallecido,
se desplazarán al lugar del sepelio. También se desplazará una Unidad tipo Pelotón que
realizará una descarga de fusilería en el momento de la inhumación.
Tras la descarga, el Oficial de acompañamiento plegará y hará entrega de la Bandera
al más caracterizado del Cuerpo, el cual se la entregará a los familiares.
Instrucciones particulares para los actos celebrados por la Guardia Civil
1. Aspectos Generales.
1. En la ejecución de los actos contemplados en esta Orden General se tendrán
presente los principios de sencillez, adaptación a los tiempos y homogeneidad institucional.
Con carácter general, los citados actos atenderán a la siguiente secuencia:
2. El orden de formación en parada será:
Dentro de las Unidades de a pie, primero se colocarán las unidades de enseñanza,
seguidas de las territoriales y finalizando con las de especialidades.
3. El orden en los desfiles será unidades móviles, unidades a pie y unidades a caballo,
aunque por cuestiones técnicas podrá ser modificado; el desfile de las unidades aéreas
deberá ser coordinado con las demás fuerzas participantes y a ser posible en el inicio del
desfile.
4. En la formulación de vivas u otras voces e instrucciones de mando, se tendrá en
cuenta, en los actos militares organizados por la Guardia Civil, la participación de unidades
de las Fuerzas Armadas o de Cuerpos de Policía con status militar.
El orden de prelación de los vivas será el siguiente:
2. Participación de la Enseña Nacional.
Cuando la Enseña Nacional participe en un acto organizado por la Guardia Civil se
atenderá a las siguientes directrices:
retirándose cuando no esté previsto su desfile según secuencia que se recoge en
el punto 1.
reglamentario, en especial, en los siguientes casos:
- Cuando el acto principal sea la rendición de honores según lo previsto en el
Real Decreto 684/2010, de 20 de mayo y así se determine.
- Cuando los actos sean presididos por miembros de la Casa Real o por el
Presidente del Gobierno.
- Cuando los actos requieran necesariamente la presencia de la Enseña,
como en las juras de bandera, las entrega de mando de unidades que la
tengan concedida o en la imposición de corbatas.
No participará en el desfile en los supuestos en los que al final del movimiento, por
razón del entorno, de la distancia a la Sala de Banderas u otras, su despedida no pueda
hacerse con la debida solemnidad.
a la formación con los honores de ordenanza; la Autoridad que presida el acto
saludará a la Bandera al pasar frente a ella en la revista a la Fuerza.
realizarse se harán de forma natural, evitando pasar detrás de ella o efectuando
rodeos excesivos para no saludar.
banderines y portacoronas no efectuarán el saludo a la Bandera al pasar por
delante de la misma.
Reglamento de Empleo de Orden Cerrado.
3. Actos Específicos.
1. En las tomas de posesión y relevo de mando de Zona y Comandancia o Unidad
análoga se realizará un acto solemne presidido por un superior jerárquico en la cadena de
mando orgánico; formará una parte representativa de las fuerzas a sus órdenes y siempre
que la Unidad tenga concedida la Enseña Nacional esta formará durante el acto.
La secuencia del acto central de toma de posesión será la siguiente:
Fuerza en formación del movimiento de “arma sobre el hombro”.
el Rey, se reconocerá al (empleo y nombre completo) como (cargo que ocupe)
de (unidad que vaya a mandar), respetándole y obedeciéndole en todo lo que
mandare concerniente al servicio
. ¡Viva España!”
Cuando la Autoridad diga la frase “De orden de Su Majestad el Rey” saludarán tanto
los mandos entrante y saliente como el resto de los mandos de la formación hasta nivel
sección.
de la Fuerza en formación del movimiento de “descansen armas”.
respectivamente, de la tribuna que ocupe la autoridad que presida el acto,
cambiando sus posiciones una vez realizados los movimientos antes descritos.
Para iniciar y finalizar la secuencia que simboliza la entrega de mando, portarán el
sable con el que se saludarán mutuamente ejecutando con él los movimientos del saludo
reglamentario. Al regresar a su nueva posición a ambos lados de la tribuna, entregarán el
sable a los ayudantes para continuar el acto.
2. En los actos de entrega de Enseña Nacional la secuencia será la siguiente:
Civiles, la Bandera es el símbolo de la Patria inmortal; los que tenemos el honor
de estar alistados bajo ella estamos obligados a defenderla hasta perder la vida.
Guardias Civiles, en garantía de que juráis y prometéis entregaros a su servicio”.
A continuación se ordenarán los movimientos de armas reglamentarios para que una
sección efectúe una salva de honor; una vez ejecutada y descansada las armas el mando
de la Unidad concluirá su alocución diciendo: Guardias civiles: ¡Viva España!
son de los acordes del Himno Nacional.
En estos actos formará, además de la Unidad que va a recibirla, representaciones de
otras Unidades y, si es posible, de Unidades de las Fuerzas Armadas que tengan sede en
la misma demarcación de la Unidad a la que se le concede.
3. Cuando con carácter voluntario se organice un acto con motivo de la despedida de
quien ha ostentado su mando, éste podrá pasar la última revista a la fuerza acompañado
por la Autoridad que presida dicho acto.
En la formación estará presente la Enseña Nacional concedida a la Unidad; en el acto
central y antes de las alocuciones el mando saliente se acercará y la besará en señal de
despedida.
4. Cuando con carácter voluntario se organice el acto de imposición de faja con motivo
del ascenso al empleo de General de Brigada se realizará un acto sin formación y sin la
participación de Unidades. La secuencia del acto será la siguiente formato:
de noviembre de la Carrera Militar.
General.
del sable de los Oficiales Generales, y entrega de los mismos, si los hubiere
.
4. Acto de Homenaje a los que dieron su vida por España.
1. Este acto de homenaje se realizará de acuerdo a la siguiente secuencia:
tiempos que dieron su vida por España.
a la voz que ejecutará el jefe de la Fuerza. Estos guiones y banderines, junto al
personal portacorona marcharán a paso ordinario desde su posición inicial hasta
el lugar frente al monolito, desde donde comenzarán el paso lento.
en función de las particularidades del lugar donde se lleve a cabo el acto.
paso lento, el relator o persona designada leerá la formula de homenaje a los que
dieron su vida por España, cuyo texto se reproduce como apéndice a este anexo.
portacorona se desplazarán a paso lento hasta las proximidades del monolito.
Deberán sincronizarse la finalización de los acordes y la del movimiento de
guiones y banderines.
por las Autoridades que se determine. En este último caso los portacoronas
permanecerán en firmes portando lateralmente la corona para facilitar la entrega
a los que la depositen.
toca el cornetín de órdenes, todos los militares presentes fuera de formación y
los mandos de las Unidades de la parada adoptan la posición de saludo, que se
deshará con el final del toque militar.
serán ordenados de forma discreta durante el toque.
sus respectivos puestos a paso ordinario.
5. Piquetes de Honores en visitas a Unidades.
Sin perjuicio de lo regulado para la asistencia a ceremonias, con carácter general, y
con el fin de unificar los criterios de actuación de los piquetes de honores militares, en
las visitas a unidades del Cuerpo giradas por las Autoridades y mandos citados en el
artículo 35 del Reglamento de Honores Militares en las que éstas tengan derecho a recibir
honores militares, se seguirán estas directrices:
de la Escala de Cabos y Guardias.
la llegada de la Autoridad. Siempre que sea posible, se ubicarán frente al mástil
de la Bandera del Acuartelamiento.
firmes; cuando la Autoridad se sitúe frente al piquete se rendirán los honores que
correspondan.
realice revista alguna del piquete. La fórmula utilizada por el oficial será “
A la orden
de (Autoridad). Formado el piquete de honores sin novedad; solicito permiso para
retirarlo.”
larga. Como alternativa a lo anterior, podrá optarse por permanecer con el piquete
en posición de firmes mientras la Autoridad inicia la visita para, una vez que no
esté a la vista, el Oficial mande romper filas.
Homenaje a los que dieron su vida por España.
En el acto de homenaje a los que dieron su vida por España se leerá, en el momento
que proceda, la siguiente fórmula:
“
Lo demandó el honor y obedecieron,
lo requirió el deber y lo acataron;
con su sangre la empresa rubricaron,
con su esfuerzo la patria engrandecieron.
Fueron grandes y fuertes, porque fueron
fieles al juramento que empeñaron.
Por eso, como valientes lucharon,
y como héroes murieron.
Por la Patria morir fue su destino,
querer a España, su pasión eterna,
servir en este Cuerpo, su vocación y sino.
No quisieron servir a otra Bandera,
no quisieron andar otro camino,
no supieron vivir de otra manera.”
No hay comentarios:
Publicar un comentario